ORIENTOLOGÍA 2014

miércoles, 26 de agosto de 2015

UN HOMENAJE PARA TI...DÍA DEL ORIENTADOR


LA PRAXIS ORIENTADORA ANTE LA DESERCIÓN


 
 
 
PONENCIA PRESENTADA EN EL I CONGRESO ESTADAL

 “COMPARTIENDO SABERES EN TORNO A LA ORIENTACIÓN”

17 DE JUNIO DE 2015

 DÍA DEL ORIENTADOR

 

Profesor Hernaine Centeno.

Profesional de la Orientación

Certificación Nº 5 NBCC-FAVO

 

Autoridades de la Zona Educativa del estado Bolívar, estimados orientadores, profesionales de ayuda, docentes que nos acompañan en el I Congreso Estadal

“COMPARTIENDO SABERES ENTORNO A LA ORIENTACIÓN” reciban un cordial saludo en nombre propio y de mi familia, el cual es un honor intervenir en el día del orientador.

 

Hace treinta y dos años el Ministerio de Educación en la resolución nº 144 de fecha primero de junio de 1983, se estableció el 17 de junio como el DÍA NACIONAL DEL ORIENTADOR ,el cual se instruyó a los organismos responsables para que en esta fecha, se promuevan actividades dirigidas a divulgar y enaltecer la labor del orientador en el proceso educativo, motivo que nos une hoy en el I Congreso Estadal para celebrar un encuentro para intercambiar ideas en todos los estados del país con la participación de profesionales de ayuda y docentes para socializar sobre la Instrucción Viceministerial número 044. Agradecemos a las autoridades educativas de nivel central y regional, por la iniciativa de esta actividad y compartir un temario que he titulado “LA PRAXIS ORIENTADORA ANTE LA DESERCIÓN Y LA REPITENCIA ESCOLAR…y la Promoción del marco jurídico y legislación de la Orientación”, que dará como resultado una DECLARATORIA ORIENTACIÓN 2015.

 

Nos encontramos en un campo que se han venido haciendo aportes importantes sobre su definición y la identidad profesional del orientador, participando teóricos en la construcción conceptual asimismo se hacen contribuciones, a pesar de todas las limitaciones y ambigüedades existentes, entre ellas se destacan varias publicaciones en la Revista Latinoamericana de Orientación: ORIENTACCIÓN que han agregado elementos importantes referidos a la temática, mediante encuestas que han aplicado en la mayoría de los países latinoamericanos sobre el modelo del desarrollo humano aplicado al contexto educativo.

 

En este orden de ideas, en la II ENCUESTA LATINOAMERICANA DE ORIENTACIÓN (2015) conceptualizan a la Orientación como:

  

    Un proceso pedagógico administrado fundamentalmente desde ámbitos académicos diversos, no se restringe a los aspectos formales de la educación sino que se constituye como acción humana de amplia aplicación en aquellos ámbitos sociales en los que se requiere asesoría profesional para potenciar el desarrollo del ser humano en la totalidad de sus dimensiones axiológicas-existenciales, sus ámbitos son: el intra-personal, interpersonal, el escolar, el laboral y comunitario (p 2)

 

En correspondencia con los planteamientos, este proceso puede tener lugar en cualquier momento del desarrollo humano, puede tener mayor pertinencia durante los fenómenos transicionales y/o situaciones críticas o relevantes propias de los trayectos académicos y sociales, asimismo se evidencia la necesidad de la mediación de múltiples disciplinas afines, entre ellas se mencionan las subsiguientes: Las ciencias sociales, las ciencias de la salud, las ciencias de la educación así como los sectores sociales (Organizaciones gubernamentales y no gubernamentales).En este sentido, se evidencia el enfoque interdisciplinario y el intersectorial que debe implementarse en el proceso orientador.

 

En consideración con estos aportes, señalo que la Orientación es una práctica social, por la experiencia que se vive a diario en los diversos contextos, donde se desenvuelve el profesional de la Orientación, precisando todo su comportamiento en relación con los actores que aborda, todo un proceso sustentado en principios de prevención y desarrollo a lo largo de toda la vida. En el ámbito educativo hace prevención y énfasis en el desarrollo humano, es decir en armonizar lo académico con el desarrollo personal a fin de lograr el bienestar integral del ser humano. Ayuda a la persona a descubrir sus recursos y potencialidades, en otras palabras a educar en el desarrollo humano en el continuo ciclo vital, haciendo énfasis en la prevención de los problemas que pudieran entorpecer su desarrollo integral, con participación de todos los agentes educativos en la ejecución de programas dirigidos a la familia, en lo vocacional, en lo personal, en lo laboral y comunitario.

 

EL ORIENTADOR: PROFESIONAL QUE GENERA EL DESARROLLO DE POTENCIALIDADES HUMANAS.

 

El orientador es un profesional de ayuda que realiza prácticas sociales a diario, genera el desarrollo de potencialidades en las personas dentro del entorno donde ejerce su rol. Su práctica está dirigida a potenciar en las personas sus capacidades y talentos, como ser humano responsable de sí mismo y su ambiente, es decir lo que es capaz de hacer, lo que tiene en su interior y en lo que puede ser preparado, lo que puede hacer y quien será en la vida. Su misión está en diseñar, ejecutar, interpretar y evaluar planes destinados a desarrollar las capacidades, prevenir y atender a la diversidad.

   Hay autores que expresan sus opiniones en cuanto al rol a desempeñar dentro del contexto y las áreas que se ejecutan dentro del proceso orientador, sobre este planteamiento se cita a Ramos, Padrón, y Rodríguez( 2011) quienes señalan que el rol del orientador:

 

    Se reduce clasificar una situación específica, a señalar consecuencias con respecto a las diferentes alternativas, para que el consultante lo conozca y lo pueda asumir con claridad de acuerdo con su decisión, a la vez que facilita el clima adecuado que le permita al consultante actuar en consecuencia con su posición ante determinada situación…éste puede ser un individuo, una pareja, un grupo familiar. (p.7)

 

   Se ratifica el enfoque en cuanto a la importancia que el profesional de la orientación debe asumir en los diferentes contextos donde se desempeña y la responsabilidad que tiene en abordar a los consultantes desde diferentes áreas de servicios como son: el personal-social, educativo, vocacional, laboral, recreativo -comunitario

Así mismo Vera (2002), manifiesta que es:

 

    Un profesional cuyo propósito es generar el desarrollo de las potencialidades del individuo en cualquier campo de acción y guiarlo en su proceso de adaptación psicosocial ante los cambios evolutivos Formado para diseñar, ejecutar y evaluar planes, prevenir y/o remediar situaciones de las personas, cuyo énfasis puede estar en las áreas personal-social, académica, vocacional, laboral, recreativa-comunitaria; en cualquier etapa del ciclo vital, utilizando para ello estrategias individuales y grupales, prevaleciendo la acción educativa como guía para la intervención. (p.10).

 

   En correspondencia con el autor se fortalece la importancia de la acción del profesional de la orientación dentro de cualquier ámbito con el objetivo de generar potencialidades en la persona y /o grupo a través de procesos que se ejecutan en las áreas que se mencionan en lo sucesivo: la personal social, la académica, la vocacional, el laboral, la recreativa-comunitaria, en cualquier fase de la vida, utilizando estrategias individuales y colectivas, predominando la acción educativa como objetivo para su abordaje.

 

MARCO JURÍDICO Y LEGISLACIÓN EN LA ORIENTACIÓN

En referencia a la legislación y al marco jurídico, se expresa que por su naturaleza humana de la concepción y praxis de la Orientación se requerirá conocer aquellas leyes y demás regulaciones, que por su carácter, tiene ámbito de incumbencia con la práctica de la Orientación, se debe tener claro y distinguir las diferencias y semejanzas entre los aspectos legales, éticos y de servicios que subyacen dentro del ejercicio profesional. Sobre estos aspectos tome los planteamientos del Dr. Gabriel Villa (2014) profesional de la orientación que se ha encargado de realizar un trabajo titulado” Marco Legal de la inter y transdiciplinariedad en la praxis social de la Orientación en Venezuela”

El profesional de la Orientación para su ejercicio debe cumplir con un perfil definido en la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela en la cual se establece que “Es la Ley quien determinará las profesiones que requieren título y colegiación para su ejercicio” Art. 105 CNRBV, y en consecuencia, la Ley Orgánica de Educación, determina para ser Profesional de la Docencia, la necesidad de poseer el título correspondiente otorgado por instituciones de Educación Universitaria para formar docentes. Art. 40 LOE.

En uso de los derechos consagrados en la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en particular el Derecho de asociación Art. 52   CNRBV y el Derecho a constituir libremente las organizaciones sindicales Art. 95 CNRBV y de conformidad con la Ley Orgánica de Educación que establece que “las relaciones de trabajo se rigen por esta ley y la ley de trabajo y demás disposiciones legales” Art. 42 LOE

En la actualidad la FAVO ajusta su estructura y funcionamiento a las normativas establecidas en la Ley Orgánica del trabajo, de los trabajadores y las trabajadoras, en el Título VII Del derecho a la participación protagónica de los trabajadores, trabajadoras y sus organizaciones sociales; Capítulo primero  de la Libertad Sindical, conforme al artículo 369 en donde se establece el derecho de los colegios profesionales a ejercer las atribuciones consagradas   en la L. O. T.

      En este marco legal, el Orientador u Orientadora en el ejercicio de su Profesión, asume los principios y criterios establecidos en el CODIGO DE ETICA DEL PROFESIONAL DE LA ORIENTACIÓN, aprobado por la Asamblea General de la Federación de Asociaciones Venezolanas de Orientadores (FAVO) el 15 de Julio de 2001 en el marco del XXI Encuentro Nacional de Orientadores en Guanare, Estado Portuguesa. En él se establece, en particular en los artículos:

4.- El principio de confidencialidad.

6.- La no adjudicación de idoneidad profesional distinta a la de Orientador

11 y 28.- El principio de integralidad en los servicios de Orientación. Todas las áreas deben ser atendidas.

51 a 58.- La Inter y transdiciplinariedad.

      En razón de estos principios, el Ejercicio Profesional de la Orientación, implica para una atención integral, la conformación de equipos interdisciplinarios y el apoyo interinstitucional, que hagan posible la eficacia y eficiencia del Orientador en el desarrollo de los planes y programas de Orientación.

      Los Orientadores y Orientadoras en el desempeño de sus roles, tareas y funciones se enmarcan en el cumplimiento estricto de las normas que en el desarrollo del ordenamiento jurídico, la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, establece, al garantizar los derechos civiles de los ciudadanos y en las leyes orgánicas y particulares, que establecen las delimitaciones y alcances de estos derechos, en los distintos contextos de la actividad ciudadana. 

 

 

 

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

LOS DERECHOS CIVILES CONSTITUCIONALES

Art. 43 Derecho a la vida

Art. 44 y 45 Derecho a la libertad

Art  46 Derecho a la integridad física, psíquica y moral

Art. 47 Derecho a la inviolabilidad de la vivienda

Art  48 Derecho al secreto e inviolabilidad de las comunicaciones 

Art. 49 Derecho al debido proceso

Art. 50 Derecho al libre transito

Art. 51 Derecho a dirigir peticiones ante cualquier autoridad

Art. 52 Derecho de asociación

Art. 53 Derecho de reunión

Art. 54 Derecho a no ser sometido o esclavizado

Art. 55 Derecho a la protección por parte del Estado

Art. 56 Derecho a identidad personal

Art. 57 Derecho a la libre expresión

Art. 58 Derecho a la información oportuna, veraz e imparcial

Art. 59 Derecho a libertad de culto

Art. 60 Derecho a la protección de su honor vida privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputación

Art. 61 Derecho a la libertad de conciencia

Art. 62 a 66 Derecho a la participación en la formación, ejecución y control de la gestión pública. Derechos políticos

Art. 67 Derecho a la asociación política

Art. 68 Derecho a manifestar

Art. 69 Derecho al asilo y al refugio

Art. 70 Derecho a participación protagónica en el ejercicio de la soberanía.

Art. 71 a 74 Derecho al referéndum

Art. 75 Derechos de familia

Art. 76 Derechos de maternidad y paternidad

Art. 77 Derecho del matrimonio heterosexual

Art. 78 Derechos de los niños niñas y adolescentes

Art. 79 Derechos de los Jóvenes

Art. 80 Derechos de las personas de la tercera edad

Art. 81 Derecho de las personas con discapacidad

Art. 82 Derecho a la vivienda

Art. 83 a 85 Derecho a la salud

Art. 86 Derecho a la seguridad social

Art. 87 a 97 Derecho al trabajo

Art. 98 a 101 Derecho a la participación cultural

102 a 106 Derecho a la Educación

107 Educación ambiental

108 Derecho a la Comunicación Social y a las nuevas tecnologías

109 Derecho a la Autonomía Universitaria

110 Derecho a participar en el desarrollo de la ciencia y la tecnología

111 Derecho al deporte y a la recreación

112 a 118 Derechos económicos

119 a 126 Derechos de los pueblos indígenas

127 a 129 Derechos ambientales

 

LEYES QUE ENMARCAN EL DESARROLLO DE PROGRAMAS ESPECÍFICOS EN ORIENTACIÓN Y LAS REDES DE APOYO EN LA ATENCION INTEGRAL SOCIAL

 

1.- Atención de Niños, Niñas y Adolescentes. (Conforme Art. 78 CNRBV)

LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES Gaceta oficial, extraordinario Nº 5.859 lunes 10 de Diciembre  de 2007

LEY PARA LA PROHIBICIÓN DE VIDEOJUEGOS BÉLICOS Y JUGUETES BÉLICOS. Gaceta Oficial Nº. 39.320 de fecha 3 de Diciembre de 2009.

LA CREACIÓN DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA VIGÉSIMA CON COMPETENCIA EN PROTECCION DEL NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE. Gaceta Oficial Nº 39.330 de fecha 17 de Diciembre de 2009.y la Providencia Nº. 002

LINEAMIENTO GENERAL PARA REGIR LA VISITA DE LOS NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES A LOS CENTROS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD. Gaceta Oficial Nº 39.362 de fecha 5 de Febrero de 2010.

 

2.- Atención a jóvenes (Conforme Art. 79 CNRBV)

LEY NACIONAL DE JUVENTUD. Gaceta oficial Nº 37.404 de 14 de Marzo de 2.002. -Ley de conscripción y alistamiento militar. Caceta oficial Nº 5.933 de 21 de Octubre de 2009.

 

3.- Atención a personas con discapacidad (Conforme Art. 81 CNRBV)

LEY PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Gaceta Oficial Nº 38.598 de fecha 5 de enero de 2007.

DECRETO MEDIANTE EL CUAL SE EXONERA EL PAGO DEL IMPUESTO  AL VALOR AGREGADO A LAS OPERACIONES DE IMPORTACIONES QUE EN EL SE SEÑALAN. Gaceta Oficial Nº 39.013 de fecha 10 de septiembre de 2008. –

LEY APROBATOTIA DE LA CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y SU PROTOCOLO FACULTATIVO. Gaceta  Oficial Nº 39.236 de fecha 6 de Agosto de 2009. –

LINEAMIENTOS SOBRE EL PLENO EJERCICIO DEL DERECHO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD A UNA EDUCACION UNIVERSITARIA DE CALIDAD. Gaceta oficial Nº. 38.731 de fecha 23 de julio de 2007.

 

4.- Atención a personas de nacionalidad Extranjera (Conforme Art. 69 CNRBV)

LEY DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN. Gaceta Oficial Nº 37.944 de fecha 24 de Mayo de 2004.

REGLAMENTO PARA LA REGULACIÓN Y NATURALIZACIÓN DE LOS EXTRANJEROS Y LAS EXTRANJERAS QUE SE ENCUENTRAN EN EL TERRITORIO NACIONAL. Gaceta Oficial Nº 37.871 de fecha 3 de Febrero de 2004.

 

5.- Atención a personas de sexo femenino (Conforme Art 46 CNRBV)

LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA. Gaceta Oficial Nº 38.770 de fecha 17 de septiembre de 2007.

PROVIDENCIA POR LA CUAL SE APRUEBA E IMPLEMENTA LA FORMA Y/O PLANILLA “REGISTRO DE DENUNCIA DE CASOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER”. Gaceta oficial Nº 38.927 de fecha 9 de Mayo de 2008.

LA LEY DEL DIA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACION DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER. Gaceta oficial Nº 39.317 de fecha 30 de Noviembre de 2009. 

LEY DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA LA MUJER. Gaceta Oficial Nº 5.398 de fecha 26 de Octubre de 1.999.

 

6.- Atención en Orientación Familiar (Conforme Art. 75 - 76 y 77 CNRBV)

LEY PARA LA PROTECCION DE LAS FAMILIAS, LA MATERNIDAD Y LA PATERNIDAD. Gaceta oficial Nº. 20 de Septiembre de 2007.

 

7.- Atención a personas de la tercera edad (Conforme Art. 80 CNRBV)

LEY DE SERVICIOS SOCIALES. Adulto mayor y otras categorías de personas. Gaceta oficial Nº 38.270 de fecha 12 de Septiembre de 2005.

RÉGIMEN DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LOS FUNCIONARIOS O EMPLEADOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, DE LOS ESTADOS Y DE LOS MUNICIPIOS. Gaceta Oficial Nº 34.537 de fecha 21 de Agosto de 1990.

 

8.- Atención de comunidades indígenas (Conforme Art. 119 a 126 CNRBV)

LEY ORGANICA DE PUEBLOS Y COMUNIDADES INDIGENAS. Gaceta Oficial Nº. 38.344 de fecha 27 de Diciembre de 2005.

LA LEY DE DEMARCACION Y GARANTIA DE HABITAT Y TIERRAS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS. Gaceta Oficial Nº 37.118 de fecha 12 de Enero de 2001

 REGLAMENTO ORGÁNICO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LOS PUEBLOS INDIGENAS. Gaceta Oficial Nº 38.659 de fecha 9 de Abril de 2007.

LEY DE IDIOMAS INDIGENAS. Gaceta Oficial Nº 38.981 de fecha 28 de Julio de 2008.

LEY DE PATRIMONIO CULTURAL DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDIGENAS. Gaceta Oficial Nº 39.115 de fecha 6 de Febrero de 2009.

 

9.- Atención de Orientación Comunitaria (Conforme Art. 62 y 70 CNRBV)

LEY DE LOS CONSEJOS COMUNALES. Gaceta Oficial Nº 5.806 de fecha 10 de Abril de 2006.

El REGLAMENTO ORGÁNICO DEL SERVICIO AUTÓNOMO “FONDO NACIONAL  DE LOS CONSEJOS COMUNALES”. Gaceta Oficial Nº 38.439 de fecha 18 de mayo de 2006.

LEY ORGÁNICA DE LAS COMUNAS. LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL y LEY ORGÁNICA DE CONTRALORÍA SOCIAL. Publicadas en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6.011 de fecha 21 de Diciembre de 2010.

 

10.- Atención en Orientación Laboral (Conforme Art. 87 a 97 CNRBV)

LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, DE LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS. Publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria Nº6.076 de Fecha 07 de Mayo de 2012.

 

11.- Atención Inter y trans-disciplinaria (Conforme Art. 104 y

105 CBRBV)

LEY DE EJERCICIO DE LA PSICOLOGÍA. Gaceta Oficial Extraordinario Nº 2,306 de fecha 11 de Septiembre de 1978, en la LEY DEL EJERCICIO DEL TRABAJO SOCIAL. Gaceta Oficial Nº 39.020 de fecha 19 de Septiembre de 2008.

LEY DEL EJERCICIO DE LA MEDICINA. Gaceta Oficial Extraordinario Nº 3.002 de fecha 23 de Agosto de 1982.

CÓDIGO DE DEONTOLOGÍA MÉDICA, aprobado durante la LXXVI Reunión Extraordinaria de la Asamblea de la Federación Médica Venezolana, realizada en Caracas, el 20 de Marzo de 1985.

LEY ORGÁNICA DE SALUD. Gaceta Oficial Nº 36.579 de fecha 11 de Noviembre de 2006.

CÓDIGO DE ÉTICA DEL PROFESIONAL DE LA ORIENTACIÓN. Aprobado por la Asamblea General de la Federación de Asociaciones Venezolanas de Orientadores en el marco del XXI Encuentro Nacional de Orientadores en Guanare, Estado Portuguesa, el 15 de Junio de 2001.

 

PROGRAMAS QUE DE ESTE ORDENAMIENTO JURÍDICO SE DESPRENDEN EN EL CONTEXTO EDUCATIVO A LA LUZ DEL PRINCIPIO DE INTEGRALIDAD ART. 6, 11, 28 Y CAPÍTULO V DEL CÓDIGO DE ÉTICA DEL PROFESIONAL DE ORIENTACIÓN

-        1.- Reglamento de Convivencia Escolar

-        2.- Bienestar estudiantil :

 

Programa de Atención en Orientación Personal

          Vínculo con Autodesarrollo

Programa de Atención en Orientación Vocacional

          Vínculo con Prácticas profesionales

Programa de Atención en Orientación Académica

          Vínculo con Asesorías académicas

Programa en Atención en Orientación Familiar

          Vínculo con Escuela para familia

Programa en Atención en Orientación Psico-social

          Vínculo con Servicio Comunitario

Programa de Atención Médica (*)

Programa de Atención Odontológica (*)

Programa de Becas (*)

Programa de Alimentación (*)

Programa de Transporte Escolar (*)

3.- Programa de actividades deportivos. (*)

4.- Programa de actividades culturales. (*)

-        5.- Programa de actividades ambientalistas. (*)

-        6.- Programas de  Asesoría y Consulta al personal docente.

-        7.- Programas de asesoría y consulta al personal directivo, administrativo y obrero.

-        8.- Programas de Asesoría y Consulta a padres y representantes.

-        9.- Programa de Atención, Asesoría y Consulta sobre los derechos del niño, niña y adolescente. (1)

-        10- Programa de Atención, Asesoría y Consulta sobre los derechos del joven. (2)

-        11.- Programa de Atención a personas con discapacidad. (3)

-        12- Programa de Atención, Asesoría y Consulta sobre los derechos de personas con nacionalidad extranjera.(4)

-        13- Programa de Atención, Asesoría y Consulta sobre maltrato a la mujer. (5)

-        14- Programa de Atención, Asesoría y Consulta sobre los derechos de la familia, la maternidad y la paternidad. (6)

-        15- Programa de Atención, Asesoría y Consulta sobre los derechos del adulto mayor.(7)

-        16- Programa de Atención, Asesoría y Consulta sobre los derechos de la población indígena.(8)

-        17- Programa de Atención, Asesoría y Consulta en Orientación Comunitaria. (9)

-        18.- Programa de Atención, Asesoría y Consulta en Orientación Laboral. (10)

(*) Redes de apoyo Inter-institucional:

- Instituciones de atención Social para la salud (Conforme

  Art. 83 al 85 CNRBV)

- Programas oficiales de apoyo estudiantil: Becas - Alimentación y

  Transporte escolar (Conforme Art. 103 CNRVB)

- Organismos de apoyo al desarrollo del deporte (Conforme Art.

   111 CNRBV)

- Organismos de apoyo al desarrollo de la cultura (Conforme Art.

   98 a 101 CNRBV)

- Organismos de apoyo a la conservación del Medio Ambiente.

   (Conforme Art. 127 a 129 CRBV)

 

En el contexto Educativo la implementación de la resolución 058 se requiere de una relación estrecha entre los Voceros de los Comités de los Consejos Comunales establecidos en el Artículo 9 de la Ley de los Consejos Comunales Gaceta Oficial Extraordinario Nº 5.806 del 19 de Abril de 2006 y los respectivos Comités establecidos por la Resolución 058 del Ministerio del Poder Popular para la Educación del 16 de Octubre de 2012 Gaceta oficial Nº 40029.

En este sentido es el Primer documento que da soporte Legal al proceso educativo como hecho realmente vinculado a la comunidad de la cual es parte y al mismo tiempo, en consecuencia operativiza el desarrollo de la escuela de la comunidad y la manera como la comunidad organizada puede garantizar lo  educativo en su Comunidad.

Es una educación fundada en los principios constitucionales de una educación integral basada en el currículo integral, que da respuesta a los requerimientos de la comunidad mediante la participación ciudadana y para ello se deriva del marco jurídico de la inter y transdiciplinariedad la necesidad de un directorio de redes de atención social en los centros de orientación a fin de poder garantizar el cumplimiento del currículo integral.

El Código de Ética del Profesional de la Orientación establece la visión del modelo Integral  en el deber ser de la praxis social de la Orientación a través de los siguientes artículos:

Artículo 6: El Orientador o la Orientadora, no debe adjudicarse o atribuirse de modo implícito, una idoneidad profesional que exceda los límites de su capacidad real, y es su responsabilidad, rectificar toda interpretación errónea de la misma, por parte de terceros.

Artículo 11: La Orientación debe propiciar el desarrollo integral de la persona y además puede ser preventiva y/o remedial asistencial

Artículo 28: Independientemente del servicio o contexto que se trabaje, todas las áreas deben ser atendidas. El ser humano es integral y por lo tanto, no es posible dividirlo en segmentos para conducir el proceso de Orientación. La clasificación de las áreas de la orientación es estratégica y metodológica, puesto que permite desarrollar una expresión sistémica, amplia y detallada de la persona y el grupo. Promueve que se gerencia de manera adecuada el proceso de orientación, facilitando la toma de decisión con respecto al enfoque psicológico de referencia, las estrategias y el plan de acción que conduzca la persona de avance en su proceso de desarrollo.

Artículos 51 al 57: Establece los principios que enmarcan la relación del Orientador y/u Orientadora con otros profesionales afines en la Praxis Social de la Orientación en la multi – inter y transdiciplinariedad.

En consecuencia, el Orientador está obligado a una atención integral en su praxis social y por lo tanto, la inter y transdiciplinariedad resultan indispensables para una atención oportuna, eficaz y eficiente en respuesta asertiva a los requerimientos de la persona y de la comunidad, debiendo para ello un absoluto respeto a las demás disciplinas del conocimiento y sus respectivas praxis social.

A continuación se presentan las situaciones de mayor frecuencia en Orientación de población, en cuya atención integral el Orientador y la Orientadora  se encuentran requeridos por el Ordenamiento Jurídico-Legal de acudir a las dependencias existentes que garantizan el cumplimiento de los derechos consagrados por este mismo ordenamiento.

El Orientador deben disponer de un directorio actualizado de las redes de atención existentes en su jurisdicción y establecer los convenios a que haya lugar a fin de poder  remitir oportunamente a la dependencia que sea necesaria para una atención integral eficaz y eficiente.

 

PRAXIS DEL PROFESIONAL DE LA ORIENTACIÓN ANTE LA DESERCIÓN Y LA REPITENCIA ESCOLAR.

La deserción y la repitencia escolar es un fenómeno muy complejo que conduce a reflexionar sobre su dimensión, alcance y repercusión porque es un problema que afecta a la población de niños y jóvenes que se ven en la necesidad de abandonar sus estudios, sino que también representa una pérdida para el estado y una amenaza efectiva  educativa, que debe ser abordada en toda sus dimensiones.

A continuación se presentan algunos datos recolectados que hacen evidente este problema social:

*     Según cifras publicada por Chávez presidente de la República en el año 2011, hay más de 250 mil niños fuera de las Escuelas Básicas.

*     La ministra Hanson declaró para ese mismo año que la cifra es de 615.759.

*      Se pudo confirmar a través de datos estadísticos reflejados por la Fundación Arturo Uslar Pietri que la cifra es de 3.945.758 en Educación Básica y Media General.

*     La economista principal del Banco Mundial: Emiliana Vega se destaca en datos obtenidos durante el primer Simposio Internacional: Todos por la educación venezolana, señaló que la deserción en el país es el resultado de un sistema educativo” que no está funcionando bien”.

En cuanto a resultados de la Consulta Nacional sobre la Calidad Educativa en Venezuela realizada en el año 2014, por la Gestión Oficial:

*     Se reconoce la importancia del carácter público, gratuito y obligatorio de la educación.

*     Los docentes (Educación Inicial y las familias)  reconocen y valoran la ampliación de la matricula escolar.

*     Campesinos, pescadores, privados de libertad valoran positivamente que estén incluidos en el sistema educativo.

*     Con respecto practicas sostenidas para promover la inclusión: estudiantes, docentes y familias, reconocen y valoran el despliegue de las políticas sostenidas para promover la inclusión: misiones educativas, expansión de los simoncitos, las escuelas y liceos bolivarianos, la prohibición del cobro por concepto de inscripción, el desarrollo del PAE, la distribución de las canaimitas y los esfuerzos por garantizar la integración de personas con discapacidad.

*     Los estudios realizados en el marco de la consulta apuntan que parte de los resultados de estas políticas de inclusión educativa se observan en la reducción sostenida del abandono escolar.

*     En cuanto a datos del abandono escolar para el año 2011-2012 por niveles primaria (7,82) y media (- 0,15), sobre la repitencia escolar para los mismos niveles es 4,11 para primaria y 3,26 para media.

En relación a estos datos recolectados de varias fuentes, servirán para hacer investigaciones sobre estos problemas sociales que afectan al sistema educativo venezolano, y hacer un cuadro comparativo para visualizar las debilidades y los avances que se realizan al respecto.

En referencia a estos fenómenos, el profesional de la orientación no escapa de emprenderlos y su intervención desde el contexto educativo debe ser significativa para garantizar la calidad del servicio y asegurar que su acción se ajuste a las características personales, socio-culturales, vocacionales y experienciales de los estudiantes, familias y comunidad. El orientador en este contexto sobre el proceso de deserción y repitencia escolar, abordará a estos actores a través del área educativa para evitar que esto suceda.

El área académica relacionada con los procesos asociados al rol como estudiante y su propósito es que la persona y/ o grupo pueda tener el pleno rendimiento en las actividades inherentes en sus relaciones de aprendizaje entre la temática a tratar se mencionan las siguientes: Relaciones y estilos de aprendizaje, manejo de emociones, entusiasmo del estudiante, técnicas y hábitos de estudio, desarrollo del talento, habilidades sociales, adaptación al proceso educativo, actitudes favorables para el estudio, conductas positivas hacia el estudio.

Entre las estrategias para la intervención podemos citar: Encuentro de saberes, convivencias, acercamientos de padres, madres, estudiantes, maestros, consejos educativos y comunales, trabajo grupal para la escuela y la comunidad, atención individual y colectiva, asesoría y consulta  a  profesores en su role docente-orientador y guía, organización de eventos  de apoyo a los procesos de maduración del estudiante, gestión de enlace con organismos e instituciones de apoyo a la comunidad escolar, atención a procesos de desarrollo de habilidades sociales inter-estudiantes.

 

HONOR PARA TODOS….MUCHAS GRACIAS.